Declara Con Lugar la demanda de Desalojo interpuesta por el ciudadano Gabriel Ramírez Maldonado; Se ordena al ciudadano JORGE ENRIQUE DURAN CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.327.008, desalojar el inmueble consistente en un local comercial signado con el No. 6- 47, ubicado en la calle 4, entre carreras 6 y 7 de la ciudad de San Antonio Municipio Bolívar del Estado Táchira, totalmente desocupado de personas y de bienes. Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales por haber resultado totalmente vencida, a tenor de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.