"...Este Juzgado Ejecutor vista la precedente exposición y por no ser contraria a derecho la acuerda en conformidad, en consecuencia, se suspende la práctica de la presente medida de embargo preventivo, se ordena el envío de la presente comisión al comitente y se deja constancia expresa, de que la ciudadana GUILLERMINA CELIS DE HURTADO, ya identificada, actuando en este acto en nombre de la demandada GANADERA LA PONDEROSA C.A., hizo entrega en este acto al abogado actor MAC FLAVIER ARELLANO CHACON, supra identificado, de la cantidad de VEIN..."