Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide:
UNICO: Se declara INADMISIBLE el RECURSO DE HECHO interpuesto por la ciudadana CARMEN PINEDA DE RAMÍREZ, como representante judicial de los ciudadanos FRANK YOEL y FRANCIA YANETH RAMÍREZ PINEDA, asistida por el abogado HENRY VARELA BERANCOURT, contra el auto de fecha 31 de octubre de 2014, dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, que negó la apelación interpuesta contra la sentencia de fecha 2 de octubre de 2014.
Publíquese, regístrese y déjese copia fotostática certificada de la misma para el archivo del tribunal y en su oportunidad legal, desincorpórese el expediente.