El Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro inadmisible la denuncia de Fraude Procesal por vía incidental ó endoprocesal e insta a la parte solicitante a presentar su denuncia mediante demanda autónoma, ante el Tribunal distribuidor correspondiente.