Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por desafecto presentado por la ciudadana KARLA NATHALY RAMIREZ MORA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 24.693.331, asistida por la abogada MARIA ALIDA VALERO DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-11.105.490, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.630 y YENNY CELINA CANO NIÑO, titular de la cédula de identidad N° V- 10.167.100, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.572, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con las sentencias N°
446/2014 de fecha 15 de mayo de 2014 emanada de la sala constitucional del Tribunal.....