De acuerdo a las consideraciones expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por MUTUO CONSENTIMIENTO, con fundamento en Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 693, de fecha 02 de junio de 2015, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: CARLOS HERNAN NUÑEZ y NISLEY SOLANY GUERRERO ZAMBRANO, venezolanos, titulares de las cédula de Identidad N° V-19.950.273 y V-16.541.623 respectivamente, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N°39, de fecha 07 de Junio de 2003. Liquídese la sociedad conyugal .....