Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la Ciudadana ISABEL BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.427.710, asistida por el Abogado Humberto Sánchez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 31.131 CONTRA DE LA Ciudadana NANCY SUAREZ DE MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.829.792, en consecuencia se tiene por rescindido el contrato verbal de arrendamiento existente entre las partes sobre el inmueble ubicado en Barrio Timoteo Chacón, calle 10 casa sin número.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada la entrega del inmueble objeto de la presente demanda a la demandante ciudadana ISABEL BLANCO.
TERCERO: Se condena a la demandada al pago de la suma de DOS MILLONES OCHOCIE.....