Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la pretensión de Aumento de la Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana MARIA JACQUELINE GUERRERO PRIETO, en nombre y representación de su hija (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano LUIS DOMINGO CARDENAS SUAREZ. Ambas partes, suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ajusta la Obligación de Manutención, que el ciudadano LUIS DOMINGO CARDENAS SUAREZ, debe aportar a favor de su hija adolescente (se omite el nombre por disposición de Ley) en la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs.500,oo) mensuales; como Cuota Extraordinaria para el mes de septiembre de cada año, debe el identifi.....