PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09 de enero de 2006, por el abogado GUSTAVO JESUS RIVAS, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana BLANCA QUIÑONEZ DE SANCHEZ, parte demandada, contra la decisión de fecha 21 de diciembre de 2005, proferida por el Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por GABRIEL SEGUNDO SANCHEZ MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.997.788, contra BLANCA QUIÑONEZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.028.600, por DESALOJO