PRIMERO: Se declara Sin Lugar, la apelación intentada por los ciudadanos Miguel Regino Romero Benitez y Desire del Carmen Muñoz Guaitero, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V.- 11.972.800 y 14.844.826.
SEGUNDO: Se confirma la decisión de fecha 5 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró parcialmente con lugar la demanda intentada por el ciudadano Jesús Manuel Pineda Cárdenas, sin lugar la reconvención propuesta por la parte reclamada; ordenó a la demandada al pagó de DIECIOCHO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 18.500,00), así mismo, acordó la indexación o corrección monetaria de las cantidades ordenadas a pagar e intereses moratorios devengados por la suma adeudada.