por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda de resolución de contrato de arrendamiento, intentada por los ciudadanos JOSÉ RAMÓN MÁRQUEZ CUBEROS, HULDA CECILIA CUBEROS DE MEZA, ILVA CORINA BOLÍVAR DE AVENDAÑO y LORENZA MARGARITA CUBEROS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-3.793.336, V-4.627.824, V-7.573.955 y V-1.426.762, respectivamente, a través de su apoderada judicial abogada FLOR BETTYNA GUERRERO MANZANERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.171.688 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 111.889, contra la ciudadana LESBIA RUTH GARAVITO OSPINO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V-8.094.314 y de este domicilio.