sE Homologo el convenimiento, fijandose la Obligación de Manutención a en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales, las cuales los depositara en forma quincenal en la cuenta Bancaria que la madre mantiene en el Banco Mercantil, cuenta de ahorros, en cuanto a los demás gastos relacionados con ropa, zapatos, medicinas y demás gastos que se generen serán compartidos en un 50% por cada progenitor y finalmente el padre se compromete a aportar cinco mudas de ropa al año TERCERO: Se ordena aperturar una cuenta de ahorros