Visto el escrito de transacción presentado en fecha 8.5.2014, por la ciudadana Rosa Fernanda Carrillo Prato, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n. º V.- 10.171.488, asistida por los abogados Máximo Ríos Fernández y Jesús Leonardo Cacique Ayala, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 23.807 y 111.545, en su orden, y por la parte demandada la abogada Mónica Rangel Valbuena inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n. º 97.381, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Banco Provincial S. A., Banco Universal, quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo que le pusiera fin a la presente controversia, ofreciendo la parte demandada un monto total de Bs. 277.295 65, discriminados en los siguientes conceptos:
Cancelados mediante cheques de gerencia números 30223171 y 51618772, por Bs. 7.295 65 y por Bs. 270.000 00, respectivamente, de la cuenta 0108-0583-00-090000.....