PRIMERO: LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y de bienes de los cónyuges ciudadanos ELIANA MAYTE MORA JAIMES y CARLOS ENRIQUE MEZA ALTUVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.861.991 y V-11.502.081 en su orden y de este domicilio, la cual fue decretada el día 29 de abril de 2014.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, mediante acta de matrimonio N° 031 de fecha 03 de julio de 2012, ante el Registro Civil del Municipio Libertad del estado Táchira, hoy Municipio Capacho Viejo.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.