En virtud de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento definitivo formulada por la Fiscal Auxiliar Decimonovena del Ministerio Público, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA) de conformidad con lo previsto en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE DECLARA EN REBELDÍA A LOS ADOLESCENTES: 1.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); y 2.- (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); de conformidad con lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a tal efecto se ordena librar los oficios correspondientes a.....