Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide, ÚNICO: Extiende el lapso de presentaciones de los adolescentes (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA), a cada Treinta (30) días; y mantiene las demás medidas cautelares impuestas en decisión de fecha 22-04-2004 y las suscrita en el acta de compromiso de fecha 23 de abril de 2004; todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese y déjese copia para el archivo del Juzgado.
ABG. MARIELA DEL CARMEN SALAS PORRAS
JUEZ DE JUICIO TEMPORAL
DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL
ABG. ADRIANA LOURDES BAUTISTA JAIMES
LA SECRETARIA DE JUICIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Sria.-
Causa Nº JM-498/2004
MDCSP/albj.-.-