En base a todo lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JUAN DE DIOS RAMÍREZ, en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA MIXTA R.L TÁCHIRA-MÉRIDA, por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas.