Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la Demanda que por Desalojo intentaron los ciudadanos ANA MARIA MONCADA VIUDA DE GAMEZ, ROBINSON JOSE GAMEZ SOLANO y ROBINSON ANDRES GAMEZ MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-4.212.018, V-11.500.803 y V-17.811.379, respectivamente, domiciliados en La Blanca, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábiles, asistidos por el Abogado en ejercicio WILLIAN FRANCISCO MONCADA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No.V- 5.660.784 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.28.400, contra el ciudadano JESUS MARTIN VIVAS CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.236.614, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y .....