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Decisiones del dia 09/08/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Ayacucho
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 407-03 N° Sentencia : 392 Fecha: 09/08/2007
Procedimiento:
Aumento De Obligación Alimentaria.
Partes:
PARTE ACTORA DAMARIS PAREDES COLMENARES; PARTE OBLIGADA FREDDY ALEXANDER PARRA GRANADOS
Resumen:
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara: Primero: Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de Pensión de alimentos, incoada por la ciudadana DAMARIS PAREDES COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.349.777, domiciliada en la carrera 4 con calle 8 N° 4-5, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando en nombre y en representación de su hijo ..., en contra del ciudadano FREDDY ALEXANDER PARRA GRANADOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-15.501.442, con domicilio laboral en la DIRSOP de San Antonio del Táchira, Estado Táchira, y en consecuencia, se FIJA la cantidad de CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CIE.....
Juez/Ponente:
Lady Niño Soto
Organo:
Juzgado del Municipio Ayacucho
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N° Expediente : 264-02 N° Sentencia : 393 Fecha: 09/08/2007
Procedimiento:
Aumento De La Obligacion Alimentaria
Partes:
PARTE ACTORA DIENA ROSA PABON; PARTE OBLIGADA MARIO POPO OVIEDO
Resumen:
En consecuencia tomando como referencia el IPC del mes de Abril del año 2.004 y el IPC del mes de Julio del 2.007, tenemos que el ajuste en referencia arroja un monto de: SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 75.692,00) quedando la pensión de alimentos en el caso de marras en la cantidad de DOSCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 201.376,00) mensuales, y para los mes de Agosto y Diciembre la Pensión de Alimentos será por la cantidad de CUATRO CIENTOS DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 402.752,00), a los fines de cubrir los gastos extras de las temporadas correspondientes, a partir del mes de Agosto del 2.007. Líbrese las boletas respectivas. Y así se decide.- JUEZ DRA. LADY MENNA NIÑO SOTO SECRETARIA ABG. EDELWIS LENIS GARCIA A.- Osmar.-
Juez/Ponente:
Lady Niño Soto
Organo:
Juzgado del Municipio Ayacucho
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