este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara con lugar la demanda de desalojo intentada por la ciudadana: CATALINA OMAÑA GARCIA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 5.283.695, asistida por la abogado: YAQUELINE RODRIGUEZ OROZCO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.135; sobre el inmueble ubicado en la Inavi II, casa No. 15, frente a la Casa de la Cultura, Santa ana Municipio Córdoba.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada entregar el inmueble antes descrito al demandante, ciudadana CATALINA OMAÑA GARCIA, ya identificado.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar la suma de UN MIL CINCUENTA BOLIVARES (1.050,00 Bs.) a la parte demandante; por concepto de cánones de arrendamientos vencidos e insolutos hasta el mes de Octubre y los que se siguieren venciendo ha.....