En atención de la normas supra transcritas, y al criterio establecido por la Sala Social del máximo Tribunal de la República, se evidencia que se encuentran llenos los extremos requeridos para considerar válido el convenimiento efectuado, en consecuencia de lo cual, esta Instancia Agraria, imparte la correspondiente Homologación, por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, se da por consumado el acto y se procede en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Por todas las razones anteriormente expuestas, y por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
La Juez Provisorio,
Abg. Angie Andrea Sandoval Ruiz La Secretaria,
Abg. Lyn Mayte Álvarez Chacón