DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los cónyuges LEUDIS ENRIQUE PACHECO BRAVO Y THAIS CHINQUIRA HERNANDEZ, ambos suficientemente identificados en autos, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre ellos, por ante la Prefectura de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo, Estado Zulia, según consta del acta de matrimonio Nº 38 de fecha 27 de Diciembre de 1.993.