en base a las condiciones establecidas en el contenido en el acta transaccional que presentamos en este mismo acto para la homologación de este Tribunal y se sirva darle carácter de cosa juzgada al presente litigio. En este contexto el ciudadano Juez interrogó al demandante quien expuso estar conforme con la presente transacción, teniendo pleno conocimiento del contenido de la misma. El ciudadano Juez una vez oídas las exposiciones de las partes y revisada como fue el acta transaccional y de conformidad con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto se observa que con el pago ofrecido por la demandada en el escrito transaccional por la relación que existió entre ellas, se ha dado cumplimiento a lo convenido por las partes, este Tribunal da por concluido el proceso, ya que la misma no vulnera derechos del demandante, ni normas de orden público. En consecuencia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judic.....