PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Dinora María Belandria Valero, parte demandada, contra la decisión de fecha 07 de agosto de 2009 dictada por la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: CONFIRMA la referida decisión, que declaró con lugar la solicitud de revisión de régimen de convivencia familiar incoada por el ciudadano Luis Eduardo Contreras Roa, contra Dinora María Belandria Valero, estableciendo dicho régimen de la siguiente manera: las vacaciones escolares serán compartidas por ambos padres, es decir, el niño disfrutará del período de un (01) mes de vacaciones escolares con el padre, y un (01) mes de vacaciones escolares con la madre. Asimismo, hasta que el niño (se omite el nombre por disposición expresa de la Ley) ingrese al sistema educativo, el padre compartirá una (01) semana al mes con su hijo desde el día sábado de la sem.....