Se declara:
PRIMERO: Sin Lugar, la demanda que por Desalojo incoara la abogada en ejercicio de su profesión DANNY ELEANOR ROJAS ZAMBRANO, en nombre y representación de los ciudadanos CARMEN YOLANDA ZAMBRANO DE ROJAS y CARLOS JOSE ROJAS MOROS, con el carácter de Arrendadora; en contra de la ciudadana LUCIA DEL SOCORRO RAMIREZ, con el carácter de la Arrendataria del inmueble consistente en un (01) local comercial ubicado en la carrera 12 No.10-100, barrio La Popa, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, representada por los abogados en ejercicio de su profesión ARELIS JASMIN VELAZCO PEDRON y CARLOS EDUARDO RODRIGUEZ URBINA, todos suficientemente identificados en la presente decisión.