ÚNICO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA REVISIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, peticionada por la Defensora Pública Abogada GLENDA MAGALY TORRES BAUTISTA a favor del adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO BREVE, previsto en el artículo 6 de la Ley Contra el Secuestro y extorsión, ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, establecido en el artículo 470 del Código penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 277 del Código Penal, en consecuencia se disminuyen las ciento ochenta (180) unidades tributarias a ciento cincuenta (150) unidades tributarias; manteniéndose con todos sus efectos la obligación de presentar dos fiadores con las condiciones impuestas en la audiencia de Calificación de Flagrancia, celebrada en fecha veinte (20) de noviembre del año dos mil diez (2010). Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese y d.....