Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA incoada por: HILDA CALSIN COLLAZOS, titular de la Cédula de Identidad Nro: V- 22.678.359, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 01-11-2006.
Fecha de Egreso: 07-04-2009.
Tiempo de Servicio: 10 años, 11 meses y 03días.
-Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 10 años, 11 meses y 03días, que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la relación laboral.
-Por concepto de ANTIGÜEDAD, le corresponden 132 días, lo que equivale a la cantidad de Bs.2.704,53.
Por concepto de VACACIONES CUMPLIDAS le corresponde 31 días, a razón de Bs.....