el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la Transacción en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; conforme a lo solicitado, se levanta la medida de provisional Embargo decretada por este Juzgado en fecha 06 de octubre de 2005, para lo cual se acuerda oficiar lo conducente al JOSÉ DARIO CORZO, titular de la cédula de identidad N° V-7.092.473, en su condición de Representante de la Depositaria Judicial "La Seguridad", a los fines de que haga entrega del vehículo embargado en fecha 06 de diciembre de 2005, por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, al ciudadano FREYMAN ALFONSO ROMERO JAIMES.-