este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos ANA BELÉN BENÍTEZ DE MORENO, FRANCISCO JOSÉ MORENO C., FERMIN ENRIQUE MORENO C., HÉCTOR MIGUEL MORENO C., ERNESTO RAMÓN MORENO C., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 5.663.065, V- 3.427.709, 3.619.594, V- 3.619.764 y V- 3.791.917 en su orden, domiciliados el segundo y el quinto en Valencia, Estado Carabobo, la primera y el tercero en San Cristóbal, Estado Táchira y el cuarto en Caracas, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS del fallecido HÉCTOR MORENO MARQUINA, en su carácter de cónyuge la primera e hijos los segundos del referido ciudadano. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a.....