Por lo anteriormente señalado y en el interés superior de la niña, esta Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD. En consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1755 de fecha 08 de julio de 2003, expedida por la Prefectura de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristobal Estado Táchira, perteneciente a la niña NEIDY MARIANA GARCIA, en el sentido que aparezca correctamente el el Numero de la cedula de identidad de la madre de la niña, "8.412.465" asimismo la fecha de nacimiento de la niña, debiendo decir "QUE HOY 31 DE ENERO DE 2001, A LA 1:40P.M.....", de conformidad con lo señalado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.