Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la Demanda que por Desalojo intentó el ciudadano ENRIQUE JOSE FERMIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-982.623, domiciliado en Píritu, Estado Anzoátegui y hábil, asistido por el Abogado en ejercicio JOSE LUCIO GONZALEZ FLORES, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.716.473 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.26.217, contra el ciudadano JESUS ANTONIO RICO BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.343.845, domiciliado en el Sector Laguna Grande de Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a desalojar y entregar a la Parte Demandante libre de personas, cosas y animales,.....