En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, el aumento de Obligación Manutención; realizado por la ciudadana YARITZA DEL CARMEN MACIAS MACIAS , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.208.398, contra el ciudadano JONNY ALFONZO HERNANDEZ CASTRO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.057.010 quedando la Obligación de Manutención para su hijo Y.A.H.M de 6 años de edad; en la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,oo) mensuales. Y para agosto de útiles escolares y uniformes escolares del año 2017, el padre tiene que comprar el 50% de los útiles escolares, comprar el uniforme de clase y zapato escolar y p.....