PRIMERO: Sé Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manutención en la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,oo) mensuales, y la cuota extraordinaria para los meses de Septiembre y Diciembre, en (Bs. 600,oo), debiendo por consiguiente en dichos meses será consignada como Obligación de Manutención el doble de la cantidad fijada, esto es, MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1200,oo).
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto sea aperturada en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de la madre ciudadana: NIDIA ESPERANZA RAMIREZ DE MERLO, Venezolana, mayor de edad, ama de casa, titular de la cedula de identidad N° V.-12.490.229, domiciliada Agua Días, parte alta, casa N° 5-73. La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábil, quién actuara en representación de sus hijas.