...De la revisión del escrito así como de los documentos anexos, se constata que en el primero, el ya identificado ciudadano ANGEL ANTONIO CHAVEZ RINCON, manifiesta estar domiciliado en la Urbanización "Las Tienditas" calle 3, No.83, Sector Tienditas de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira. Si bien nos encontramos ante una solicitud en Jurisdicción Voluntaria, el Debido Proceso se debe aplicar a todas las Actuaciones Judiciales y Administrativas, a tenor de lo que establece el Artículo 49 Constitucional, por lo que claramente corresponde el conocimiento de lo requerido en razón del domicilio del solicitante, a otro Tribunal de Municipio; resultando forzoso para este Despacho Jurisdiccional, sobre las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas, el declarar su Incompetencia en razón del Territorio, declinando en consecuencia, ante el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Ureña de la Circunscripción Judicial del estado Táchir.....