JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 10 de febrero de 2025
214° y 165°
Vista la diligencia de fecha 24 de enero de 2025, presentada por la abogada MARYI SUSANA SIERRA JAIMES, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 309.835, apoderada judicial del ciudadano MARCO ANTONIO MOROS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.700.821, parte actora de la presente causa y por otra parte el ciudadano DARIO VELASQUEZ CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.675.490, parte demandada de la presente causa, asistido en este acto por el abogado FRANK ENRIQUE GUERRERO SANCHEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 214.347,contentivo de la TRANSACCIÓN celebrada entre ellos; resulta oportuno traer a colación criterio plasmado por el autor Marcos J. Solís en su obra "Consideraciones Jurídicas de la Jurisdicción Voluntaria", reproduciendo.....