Por los razonamientos expuestos anteriormente, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede mercantil, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES, TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, ha instaurado la ciudadana AURA GRACIELA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.806.469 y de este domicilio, en su carácter de ACREEDORA, contra las ciudadanas ZORAIDA OCHOA SAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.794.798 y de este domicilio, en su carácter de DEUDORA, y ALIX COROMOTO OCHOA DE LASSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.667.159 y de este domicilio, en su carácter de AVALISTA. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.
A tenor de lo estipulado.....