DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos: SANDRA LUZ CALDERON DE MONSALVE y SAMUEL DARIO MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.018.993 y V-9.215.772, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, por ante la Prefectura del Municipio San Sebastian del Distrito San Cristóbal del Táchira, en fecha veintiocho (28) del mes de enero del año mil novecientos ochenta y dos (1982), según consta en acta de matrimonio Nro 14.