Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su homologación al desistimiento realizado por la abogada Viany Maribel Niño Ruiz, titular de la cédula de identidad N° V.-9.219.277, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.448, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante Juan Carlos Ramírez Belandria. Se da por consumado el desistimiento de la presente acción de Divorcio, conforme a lo solicitado se acuerda el desglose de los documentos originales que cursan a los folios 6 al 9, ambos inclusive del presente expediente, dejando en su lugar copia certificada del mismo. Se insta a la parte demandante a impulsar las respectivas copias para su certificación. Se da por terminado en presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ
JUEZ
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