PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la ciudadana DORIS FILOMENA MALDONADO DE SAYAGO, venezolana, mayor de edad, casada, médico anestesiólogo, titular de la cédula de identidad número V- 2.877.717, domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, a través de su apoderado judicial, abogado OSCAR EDUARDO USECHE MUJICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.835, contra el auto de fecha 12 de julio de 2012, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Confirma el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el día 12 de julio de 2012.
TERCERO: Se condena en costas a la apelante, conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.