le imparte su homologación al desistimiento realizado por CARMEN ISMELDA SALAZAR MANTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V.-3.199.038, domiciliada en la Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, con el carácter de demandante, asistida por los abogados en ejercicio Carmen Ysel Zambrano Salazar y Franklin Pineda Carvajal, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 96.740 y 8.153, en su orden, y los ciudadanos CLEDYS LUZ UZCATEGUI MORA, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.674.448 y REINA YAMILE UZCATEGUI MORA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.209.196, amas de este domicilio y hábiles, debidamente asistidas por los abogado en ejercicio SERGIO ANIBAL SANCHEZ FERNANDEZ Y SONIA CONTRERAS CONTRERAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 38.664 y 53.165 respectivamente, quienes a su vez actúan como apoderados judiciales de la ciudadana MAIRET TERESA UZCATEGUI MORA, mediante la cual la parte demandada. En consecuencia, .....