administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LEONARDO AQUILES ARELLANO MORA, en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL LINEA DE AUTOS Y BUSETAS POR PUESTO LA FRÍA A.C., por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar la cantidad de CATORCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES. (Bs. 14.620.750,00)
Dicha cantidad deberá ser indexada a la actualidad monetaria de hoy, desde la fecha de la admisión de la demanda hasta la ejecución de la presente sentencia, en los términos establecidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; asimismo, deberán calcularse los intereses de mora a la tasas fijadas por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATOR.....