DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento del adolescente SAÚL ARFILIO GÓMEZ MONTOYA, signada con el Nro. 125, de fecha 02 de mayo de 1989, levantada por ante la Prefectura del Municipio Independencia, del Estado Táchira, en consecuencia, la partida de nacimiento deberá quedar rectificada en el sentido que en donde dice: "nació en ésta Población", debe ir "nació en el Hospital Central de San Cristóbal Estado Táchira".
De conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil remítase copia certificada de la sentencia al Registro Civil del Municipio Independencia y al Registro Principal del Estado Tachira a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal el diez (10) del mes de julio de 2006. Años l96° de la.....