Mediante decisión se establecio que los ciudadanos IRMA MARIA, YOLANDA, JOSE GREGORIO, RAUL UVALDO, JESUS MARCIAL, JOSE FRANCISCO, MARIA VERONICA ROA ESCALANTE, obligados conjuntamente a recibir y mantener al beneficiario en su propia casa al ciudadano ANGEL DOMINGO ROA ESCALANTE, por el lapso comprendido de un (1) mes para ser recibido y atendido por cada uno de los obligados a excepción de las ciudadanas NINFA MARIA ROA ESCALANTE, que actualmente tiene residenciado en su lugar de domicilio a su padre, y a la ciudadana ELCIDA MILAGROS ROA ESCALANTE, quien actualmente se encuentra en etapa de gestación, lo que no la excusa de cumplir con su deber de recibir en su vivienda Y atender por un (1) mes a su hermano, una vez cumplido el lapso pos natal.