Primero: Declara con lugar la apelación interpuesta por el demandante, ya identificado, en diligencia de fecha 13 de junio de 2007.
Segundo: Declara la incompetencia del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Tercero: Queda revocada la sentencia apelada, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 08 de junio de 2007, que declara inadmisible la demanda de costas procesales y honorarios de abogados.
Cuarto: Ordena remitir el expediente al Tribunal distribuidor de Primera Instancia, competente por la materia y por la cuantía.