Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el derecho que tiene el abogado JOSE LUCIO GONZALO FLOREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.217, a cobrar al ciudadano ERNESTO SAYAGO BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-1.552.031, de este domicilio, HONORARIOS PROFESIONALES por actuaciones judiciales realizadas en el juicio de Partición signado con el número 5010.