DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana CARMEN TERESA ACOSTA CASTRO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad n° 5.655.210, contra la ciudadana GERTRUDYS COLMENARES, con cédula de identidad n° 1.525.147, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de ONCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES (Bs. 11.633,00).