este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decide: UNICO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL en el sentido de que CONCEDE EL LAPSO DE QUINCE (15) DÍAS a los fines de presentar el acto conclusivo a que haya lugar en la presente causa, contados a partir del vencimiento del lapso común y legal para presentar el lapso conclusivo, dicho lapso comenzará a partir del vencimiento del lapso inicial, prórroga ésta que se acuerda conforme lo prevé el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las dos horas y veinticuatro minutos (02:24) de la tarde.