este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en fecha 19 de septiembre de 2018.
TERCERO: Se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por la parte recurrente, en contra de la Providencia Administrativa N°106-2018, dictada el día 14 de Junio de 2018, por la Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro" del Estado Táchira, mediante la cual el Inspector del Trabajo declaró que la entidad de trabajo Comercializadora SNACKS, S.R.L., incurrió en cierre ilegal del centro de trabajo ubicado en el Municipio San Cristóbal Estado Táchira.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
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