por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES, TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, ha instaurado el ciudadano JORGE ALEXANDER BONILLA ORTIZ, mayor de edad, soltero, abogado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.155.301 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 89.772 y de este domicilio quien actúa por sus propios derechos, contra los ciudadanos GERWAN ALEXANDER RODRIGUEZ SIERRA y DOMENICO PIAZZOLLA SIERRA, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de las cédulas de identidad números V-12.210.987 y V-11.020.185 respectivamente y de este domicilio. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.