Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Con respecto al trabajador JUAN DE JESÚS GÓMEZ GALLEGO, no se llegó a un acuerdo por lo que se prolongó la audiencia para el 22-01-2008 a las 3:30 p.m. y presentaron sus pruebas así: La parte demandante presentó escrito de pruebas constante de dos (02) folios útiles y 1 anexo, la parte demandada presentó un escrito de prueba constante de tres (03) folios útiles y 15 anexos
LA JUEZ
BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO